{"id":1395,"date":"2014-02-18T21:53:42","date_gmt":"2014-02-18T21:53:42","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=1395"},"modified":"2014-02-18T21:53:42","modified_gmt":"2014-02-18T21:53:42","slug":"ejecutivo-aprueba-proyecto-de-ley-para-el-cierre-de-la-crisis-bancaria-de-1999","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=1395","title":{"rendered":"Ejecutivo aprueba proyecto de Ley para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/02\/crisis-99.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/02\/crisis-99-300x185.jpg\" alt=\"crisis 99\" width=\"300\" height=\"185\" class=\"alignleft size-medium wp-image-1396\" srcset=\"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/02\/crisis-99-300x185.jpg 300w, https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/02\/crisis-99.jpg 800w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Quito (Pichincha).- El Presidente Rafael Correa anunci\u00f3 este martes que puso el ejec\u00fatese al proyecto de Ley para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999,  que ser\u00e1 enviado en las pr\u00f3ximas horas al Registro Oficial para su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El anuncio lo hizo el jefe de Estado durante una entrevista en Radio Majestad, de Quito, en la que afirm\u00f3 que con la aprobaci\u00f3n de este proyecto de ley empezar\u00e1 el fin de lo que consider\u00f3 como suplicio para los deudores de la banca.<br \/>\nA trav\u00e9s de esta ley concluyen los procesos de pago a miles de acreedores perjudicados de la banca cerrada, con esquemas que permiten facilitar el cobro de la cartera adeudada, as\u00ed como restituir al pueblo ecuatoriano la confianza en el sistema financiero.<br \/>\nEntre otros aspectos, establece el traspaso de los bienes muebles e inmuebles de la banca cerrada a las entidades correspondientes (ministerios de Agricultura, Cultura, Inmobiliar); determina un rec\u00e1lculo de las deudas, el pago de acreencias al sector p\u00fablico y privado con prelaci\u00f3n. El Banco Central tiene 120 d\u00edas de plazo para liquidar los fideicomisos.<\/p>\n<p>El Banco Central ser\u00e1 el encargado de realizar el pago de acreencias a las personas naturales y jur\u00eddicas no vinculadas hasta los 75 mil d\u00f3lares, que corresponde al 93%, pago que concluir\u00e1 en 365 d\u00edas, a partir de la publicaci\u00f3n de esta ley.<\/p>\n<p>Sobre los migrantes, el Banco Central remitir\u00e1 al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana la informaci\u00f3n necesaria para que se realice la difusi\u00f3n y comunicaciones que correspondan para la promoci\u00f3n de la presente ley para los ecuatorianos residentes en el extranjero.<br \/>\nPara garantizar que el beneficio de la ley se focalice en los deudores m\u00e1s peque\u00f1os, que son la mayor\u00eda, y en quienes tengan el mejor historial de pagos o revelen voluntad de pago, se introducen los siguientes criterios: deudores con capital inicial de hasta 100 mil d\u00f3lares se benefician directamente; con capital inicial de m\u00e1s de 100<br \/>\nmil hasta dos millones se benefician si registran pagos o pagan el 10% del capital inicial (en seis meses); con capital inicial de m\u00e1s de dos millones se benefician si registran pagos mayores al 50% del capital inicial o pagan, por lo menos el 35% del capital inicial en seis meses.<\/p>\n<p>El plazo para el pago del saldo recalculado ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os, con una tasa de inter\u00e9s anual del 5%. El primer a\u00f1o ser\u00e1 un periodo de gracia, en el que correr\u00e1n intereses, durante el cual el deudor no estar\u00e1 obligado a realizar pagos, salvo su voluntad expresa en contrario. El rec\u00e1lculo se realizar\u00e1 tomando el valor del capital inicial entregado en cr\u00e9dito, al cual se le aplicar\u00e1 la tasa de inter\u00e9s anual del 5%, por el plazo transcurrido desde la fecha de<br \/>\nconcesi\u00f3n del cr\u00e9dito, hasta la publicaci\u00f3n de esta ley.<br \/>\nLos dividendos o abonos parciales que los deudores hayan pagado ser\u00e1n aplicados directamente como abono al capital inicial, indistintamente de las fechas y tiempos reales en los cuales estos hayan sido efectuados por los deudores. Sobre el saldo de capital se aplicar\u00e1 la tasa del 5% de inter\u00e9s anual,  que se mantendr\u00e1 vigente desde la fecha de su concesi\u00f3n hasta la cancelaci\u00f3n total de la obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se establece que el incumplimiento de dos pagos consecutivos o la falta de concurrencia a la suscripci\u00f3n de los documentos que formalicen la obligaci\u00f3n de pago suspender\u00e1 los beneficios concedidos por esta ley y reactivar\u00e1 o ser\u00e1 causal para iniciar inmediatamente los procesos de coactiva y de justicia ordinaria por el monto total de la deuda, que se mantuviere impaga, sin el beneficio del rec\u00e1lculo; aplicando la tasa de mora vigente a la fecha de suspensi\u00f3n de los beneficios. Los pagos que se hubieren hecho al amparo de esta ley ser\u00e1n aplicados conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 1611 del C\u00f3digo Civil. El fiador o aval de las obligaciones originales objeto de la reestructura continuar\u00e1 siendo garante de las obligaciones recalculadas, salvo que el deudor principal rinda garant\u00eda real<br \/>\nsuficiente. \/El Ciudadano<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quito (Pichincha).- El Presidente Rafael Correa anunci\u00f3 este martes que puso el ejec\u00fatese al proyecto de Ley para el Cierre<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[9,1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1395"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1395"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1395\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1397,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1395\/revisions\/1397"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1395"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1395"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1395"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}