{"id":21727,"date":"2023-09-13T09:22:38","date_gmt":"2023-09-13T14:22:38","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=21727"},"modified":"2023-09-13T09:22:39","modified_gmt":"2023-09-13T14:22:39","slug":"comision-anticorrupcion-apelara-fallo-del-tce","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=21727","title":{"rendered":"Comisi\u00f3n Anticorrupci\u00f3n apelar\u00e1 fallo del TCE"},"content":{"rendered":"\n<p>Como una \u201cridiculez\u201d calific\u00f3 el equipo legal de la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n a los argumentos que plante\u00f3 Guillermo Ortega, juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que el 11 de septiembre de 2023 desestim\u00f3 la denuncia que esta organizaci\u00f3n plante\u00f3 en contra de Alembert Vera, titular del Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social (Cpccs), y Marcela Agui\u00f1aga, presidenta del movimiento Revoluci\u00f3n Ciudadana por presunta infracci\u00f3n electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta la medianoche de este mi\u00e9rcoles, 13 de septiembre de 2023, la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n presidida por el abogado Juan Esteban Guarderas y excandidato al Cpccs, tiene plazo para apelar el fallo de primera instancia (de Ortega) y que deber\u00e1 ser sustanciado por el pleno del TCE.<\/p>\n\n\n\n<p>El esp\u00edritu de la apelaci\u00f3n y los argumentos jur\u00eddicos que alista la Comisi\u00f3n estar\u00e1n enfocados en cuestionar el argumento de Ortega de que \u201cla difusi\u00f3n de publicidad electoral a trav\u00e9s de redes sociales no se considera parte de la promoci\u00f3n electoral\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs una ridiculez que se diga que las redes sociales no son parte del entorno digital y que se lo use como argumento para negarlo\u201d, dijo el abogado Ramiro Garc\u00eda, quien enfatiz\u00f3 que las redes sociales s\u00ed son parte del entorno digital y cada cuenta es un medio de difusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Bernardo Jij\u00f3n, tambi\u00e9n integrante de la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n, consider\u00f3 que en la resoluci\u00f3n del juez se produjo una confusi\u00f3n entre medios digitales con redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n explic\u00f3 que la \u201cseparaci\u00f3n\u201d de estas plataformas se produjo en 2012 con una sentencia de la Corte Constitucional (CC). Hace once a\u00f1os, las redes sociales estaban todav\u00eda \u201cmuy en pa\u00f1ales\u201d a diferencia de los tiempos actuales donde, incluso las redes sociales pueden tener mayor impacto que los medios tradicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, subray\u00f3 que se debe tener en cuenta que, si bien el Consejo Nacional Electoral (CNE) no puede fiscalizar el contenido de las redes sociales, s\u00ed constituyen prueba.&nbsp; De hecho, existen antecedentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Basta analizar, se\u00f1al\u00f3 Jij\u00f3n, procesos como la sanci\u00f3n a Javier Pincay, alcalde de Portoviejo, quien fue multado por realizar un Facebook Live el d\u00eda debate en el marco de las elecciones del 5 de febrero de 2023, o cuando, Jessica Jaramillo, candidata a la Alcald\u00eda de Quito denunci\u00f3 a Alejandro Rodas, excandidato a concejal por la publicaci\u00f3n de un tuit que se enmarc\u00f3 en violencia pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEntonces, lo que divulga en redes sociales s\u00ed constituye prueba en el Tribunal Contencioso; en ese momento si se tomaron en cuenta pruebas que proven\u00edan de redes como Twitter y Facebook. En ese caso habr\u00eda que hacer un alcance de si se configur\u00f3 o no la infracci\u00f3n\u201d, insisti\u00f3 Jij\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el caso de la denuncia contra Vera y Agui\u00f1aga, la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n no solo tiene tuits, sino que incluso qued\u00f3 en evidencia una entrevista en la plataforma de YouTube de m\u00e1s de una hora de duraci\u00f3n, donde el entrevistador hace varias preguntas a los siete candidatos junto al expresidente Rafael Correa, quien se encuentra pr\u00f3fugo.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n cuestion\u00f3 el hecho de si el contenido en redes sociales no puede ser tomado como prueba, \u201centonces, \u00bfpor qu\u00e9 Marcela Agui\u00f1aga borr\u00f3 de su cuenta un video donde claramente hac\u00eda proselitismo a favor de los candidatos?<\/p>\n\n\n\n<p>En una audiencia de pruebas y alegatos que se desarroll\u00f3 hace m\u00e1s de un mes en el TCE, la Comisi\u00f3n present\u00f3 al tribunal los links del video de la cuenta de Agui\u00f1aga. Sin embargo, estos ya no existen, revel\u00f3 Jij\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto a una argumentaci\u00f3n acerca de que era necesario un peritaje de los videos, Jij\u00f3n se mostr\u00f3 en desacuerdo. \u201cNosotros no presentamos videos como parte de la prueba; presentamos links (enlaces) que conten\u00edan videos o tuits; es decir, no se puede manipular un link\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Record\u00f3 que en la audiencia de alegatos los denunciados no hicieron ninguna referencia a que los videos que forman parte de los links hayan sido manipulados. \u201cEn la diligencia solo se enfocaron en decir que la prueba no era v\u00e1lida\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En todo caso, subray\u00f3 que una pericia lo que hace es confirmar o no alg\u00fan elemento que no est\u00e9 claramente evidenciado para las partes. \u201cNo hac\u00eda falta que un perito diga que los videos eran proselitistas\u201d, se\u00f1al\u00f3 Jij\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de conocer la resoluci\u00f3n del juez del TCE, Alembert Vera utiliz\u00f3 el chat de difusi\u00f3n del Cpccs con el que se informa a la prensa de las actividades oficiales del organismo a su cargo, para destacar la resoluci\u00f3n de Guillermo Ortega. \u201cJuez determina que no existi\u00f3 infracci\u00f3n electoral por parte del presidente del Cpccs\u201d, se difundi\u00f3 en un comunicado.<\/p>\n\n\n\n<p>Comisi\u00f3n Anticorrupci\u00f3n apelar\u00e1 fallo del TCEA<\/p>\n\n\n\n<p>Como una \u201cridiculez\u201d calific\u00f3 el equipo legal de la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n a los argumentos que plante\u00f3 Guillermo Ortega, juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que el 11 de septiembre de 2023 desestim\u00f3 la denuncia que esta organizaci\u00f3n plante\u00f3 en contra de Alembert Vera, titular del Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social (Cpccs), y Marcela Agui\u00f1aga, presidenta del movimiento Revoluci\u00f3n Ciudadana por presunta infracci\u00f3n electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta la medianoche de este mi\u00e9rcoles, 13 de septiembre de 2023, la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n presidida por el abogado Juan Esteban Guarderas y excandidato al Cpccs, tiene plazo para apelar el fallo de primera instancia (de Ortega) y que deber\u00e1 ser sustanciado por el pleno del TCE.<\/p>\n\n\n\n<p>El esp\u00edritu de la apelaci\u00f3n y los argumentos jur\u00eddicos que alista la Comisi\u00f3n estar\u00e1n enfocados en cuestionar el argumento de Ortega de que \u201cla difusi\u00f3n de publicidad electoral a trav\u00e9s de redes sociales no se considera parte de la promoci\u00f3n electoral\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs una ridiculez que se diga que las redes sociales no son parte del entorno digital y que se lo use como argumento para negarlo\u201d, dijo el abogado Ramiro Garc\u00eda, quien enfatiz\u00f3 que las redes sociales s\u00ed son parte del entorno digital y cada cuenta es un medio de difusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Bernardo Jij\u00f3n, tambi\u00e9n integrante de la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n, consider\u00f3 que en la resoluci\u00f3n del juez se produjo una confusi\u00f3n entre medios digitales con redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n explic\u00f3 que la \u201cseparaci\u00f3n\u201d de estas plataformas se produjo en 2012 con una sentencia de la Corte Constitucional (CC). Hace once a\u00f1os, las redes sociales estaban todav\u00eda \u201cmuy en pa\u00f1ales\u201d a diferencia de los tiempos actuales donde, incluso las redes sociales pueden tener mayor impacto que los medios tradicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, subray\u00f3 que se debe tener en cuenta que, si bien el Consejo Nacional Electoral (CNE) no puede fiscalizar el contenido de las redes sociales, s\u00ed constituyen prueba.&nbsp; De hecho, existen antecedentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Basta analizar, se\u00f1al\u00f3 Jij\u00f3n, procesos como la sanci\u00f3n a Javier Pincay, alcalde de Portoviejo, quien fue multado por realizar un Facebook Live el d\u00eda debate en el marco de las elecciones del 5 de febrero de 2023, o cuando, Jessica Jaramillo, candidata a la Alcald\u00eda de Quito denunci\u00f3 a Alejandro Rodas, excandidato a concejal por la publicaci\u00f3n de un tuit que se enmarc\u00f3 en violencia pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEntonces, lo que divulga en redes sociales s\u00ed constituye prueba en el Tribunal Contencioso; en ese momento si se tomaron en cuenta pruebas que proven\u00edan de redes como Twitter y Facebook. En ese caso habr\u00eda que hacer un alcance de si se configur\u00f3 o no la infracci\u00f3n\u201d, insisti\u00f3 Jij\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el caso de la denuncia contra Vera y Agui\u00f1aga, la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n no solo tiene tuits, sino que incluso qued\u00f3 en evidencia una entrevista en la plataforma de YouTube de m\u00e1s de una hora de duraci\u00f3n, donde el entrevistador hace varias preguntas a los siete candidatos junto al expresidente Rafael Correa, quien se encuentra pr\u00f3fugo.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n cuestion\u00f3 el hecho de si el contenido en redes sociales no puede ser tomado como prueba, \u201centonces, \u00bfpor qu\u00e9 Marcela Agui\u00f1aga borr\u00f3 de su cuenta un video donde claramente hac\u00eda proselitismo a favor de los candidatos?<\/p>\n\n\n\n<p>En una audiencia de pruebas y alegatos que se desarroll\u00f3 hace m\u00e1s de un mes en el TCE, la Comisi\u00f3n present\u00f3 al tribunal los links del video de la cuenta de Agui\u00f1aga. Sin embargo, estos ya no existen, revel\u00f3 Jij\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto a una argumentaci\u00f3n acerca de que era necesario un peritaje de los videos, Jij\u00f3n se mostr\u00f3 en desacuerdo. \u201cNosotros no presentamos videos como parte de la prueba; presentamos links (enlaces) que conten\u00edan videos o tuits; es decir, no se puede manipular un link\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Record\u00f3 que en la audiencia de alegatos los denunciados no hicieron ninguna referencia a que los videos que forman parte de los links hayan sido manipulados. \u201cEn la diligencia solo se enfocaron en decir que la prueba no era v\u00e1lida\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En todo caso, subray\u00f3 que una pericia lo que hace es confirmar o no alg\u00fan elemento que no est\u00e9 claramente evidenciado para las partes. \u201cNo hac\u00eda falta que un perito diga que los videos eran proselitistas\u201d, se\u00f1al\u00f3 Jij\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de conocer la resoluci\u00f3n del juez del TCE, Alembert Vera utiliz\u00f3 el chat de difusi\u00f3n del Cpccs con el que se informa a la prensa de las actividades oficiales del organismo a su cargo, para destacar la resoluci\u00f3n de Guillermo Ortega. \u201cJuez determina que no existi\u00f3 infracci\u00f3n electoral por parte del presidente del Cpccs\u201d, se difundi\u00f3 en un comunicado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa raz\u00f3n no pide fuerza; la justicia se ha puesto del lado de la verdad y ha negado una denuncia sin fundamento\u201d, escribi\u00f3 Agui\u00f1aga en sus redes sociales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como una \u201cridiculez\u201d calific\u00f3 el equipo legal de la Comisi\u00f3n de Lucha Anticorrupci\u00f3n a los argumentos que plante\u00f3 Guillermo Ortega,<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":21728,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11,3,1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/21727"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=21727"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/21727\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":21729,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/21727\/revisions\/21729"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/21728"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=21727"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=21727"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=21727"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}