{"id":23260,"date":"2024-12-18T14:20:25","date_gmt":"2024-12-18T19:20:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=23260"},"modified":"2024-12-18T14:20:26","modified_gmt":"2024-12-18T19:20:26","slug":"jueza-emitira-sentencia-el-23-de-diciembre-sobre-accion-de-proteccion-contra-ministerio-de-trabajo-por-el-caso-abad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=23260","title":{"rendered":"Jueza emitir\u00e1 sentencia el 23 de diciembre sobre acci\u00f3n de protecci\u00f3n contra Ministerio de Trabajo por el caso Abad"},"content":{"rendered":"\n<p>La audiencia de acci\u00f3n de protecci\u00f3n con medida cautelar, que impulsa la defensa de la vicepresidenta Ver\u00f3nica Abad para dejar sin efecto la suspensi\u00f3n de 150 d\u00edas, se reinstal\u00f3 este 18 de diciembre de 2024 en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Ni\u00f1ez y Adolescencia, desde las 09:30.<\/p>\n\n\n\n<p>A esa hora, la jueza Nubia Vera declar\u00f3 la reinstalaci\u00f3n luego de que la secretaria certific\u00f3 la presencia f\u00edsica y virtual de las partes procesales. Abad y su equipo de defensa se encuentran en la Sala.<\/p>\n\n\n\n<p>Abad interpuso el recurso en contra de la directora de Sumarios Administrativos del Ministerio de Trabajo, Ruth Espinoza, y de la ministra de Trabajo, Ivonne N\u00fa\u00f1ez. La ministra comparece de forma telem\u00e1tica, mientras la directora no lo hizo. Tambi\u00e9n se encuentran conectados varios amicus curiae.<\/p>\n\n\n\n<p>Defensa de Abad ratifica pedido de vulneraci\u00f3n de derechos<\/p>\n\n\n\n<p>La jueza aclar\u00f3 que en esta reinstalaci\u00f3n de la audiencia corresponde escuchar la r\u00e9plica (por 10 minutos) y contrar\u00e9plica (por 10 minutos) de las partes. Dio paso a la r\u00e9plica de los abogados de la vicepresidenta.<\/p>\n\n\n\n<p>Dami\u00e1n Armijos, uno de los abogados de Abad, pidi\u00f3 que se les otorgue un tiempo de aproximadamente 60 minutos porque consideran que en la contestaci\u00f3n a la demanda, por parte del Ministerio de Trabajo, se ha referido a los hechos propuestos por la accionante activa pero tambi\u00e9n a cuestiones de orden procesal.<\/p>\n\n\n\n<p>Dominique \u00c1vila, abogada de Abad, arranc\u00f3 la r\u00e9plica: \u201cPor lealtad procesal deberemos controvertir lo que el pa\u00eds entero vio y escuch\u00f3 80 minutos de una mala lectura de contestaci\u00f3n de la demanda por parte del Ministerio de Trabajo. Que dicho sea de paso, de estos 80 minutos, 20 fueron utilizados en la b\u00fasqueda de una norma inexistente, esto con respecto a sustentar la suspensi\u00f3n de 150 d\u00edas en condici\u00f3n de vicepresidenta de la Rep\u00fablica del Ecuador, a la se\u00f1ora Ver\u00f3nica Abad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Se refiere a la ocasi\u00f3n en que el abogado de esa Cartera de Estado justific\u00f3 que la suspensi\u00f3n contra Abad se impuso con base a una \u201csana cr\u00edtica\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La r\u00e9plica de \u00c1vila se centr\u00f3 en puntos sobre los derechos pol\u00edticos. Dijo que en la contestaci\u00f3n de la demanda, el Ministerio de Trabajo se\u00f1ala que los derechos pol\u00edticos de Abad no se han vulnerado y que la resoluci\u00f3n del sumario administrativo no impide el ejercicio del cargo como segunda mandataria elegida por voto popular.<\/p>\n\n\n\n<p>La abogada mencion\u00f3 que al Ministerio se le olvida que en el art\u00edculo 227 de la Constituci\u00f3n se establece el principio de jerarqu\u00eda en la administraci\u00f3n p\u00fablica y relaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n. Durante todo este proceso tanto el equipo de defensa como algunos amicus curiae han se\u00f1alado que los funcionarios del Ministerio no tienen competencia para imponer una sanci\u00f3n a una dignidad de elecci\u00f3n popular, elegida en las urnas, como es el caso de Abad.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cUna directora no tiene potestas de sancionar a una mandataria\u201d, dijo \u00c1vila. Tras su an\u00e1lisis insisti\u00f3 en que \u201cno existe la suspensi\u00f3n\u201d. La jurista se ratific\u00f3 en solicitar a la jueza para que declare la vulneraci\u00f3n de derechos y en la capacitaci\u00f3n, no menor a 100 horas, de todas las autoridades principales del Ministerio de Trabajo y sus abogados sobre Teor\u00edas del Estado, Estado constitucional y garant\u00edas b\u00e1sicas del debido proceso.<\/p>\n\n\n\n<p>Armijos indic\u00f3 que la sana cr\u00edtica debe considerarse a partir de las reglas que establecen el sistema jur\u00eddico. \u201cReglas que han sido inobservadas con la finalidad de que apliquemos, supuestamente, el principio de proporcionalidad\u201d, argument\u00f3 el jurista. Argument\u00f3 que el caso est\u00e1 frente a una \u00abactuaci\u00f3n tir\u00e1nica\u00bb. Reiter\u00f3 que se acepte la medida de acci\u00f3n de protecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>R\u00e9plica de la ministra de Trabajo<\/p>\n\n\n\n<p>La ministra inici\u00f3 su r\u00e9plica indicando que no se le ha se\u00f1alado cu\u00e1l ha sido su \u201cintervenci\u00f3n o participaci\u00f3n en el acto administrativo impugnado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que el sumario administrativo se apertura por la presunta falta grave cometida por Abad. \u201cDeterminada en el art\u00edculo 42, literal b, en concordancia con el art\u00edculo 48, literal b, de la Ley Org\u00e1nica del Servicio P\u00fablico (LOSEP), que da lugar a la imposici\u00f3n de sanciones de suspensi\u00f3n o destituci\u00f3n, previo al correspondiente sumario administrativo. Se\u00f1alando que una de estas faltas graves es el abandono injustificado del trabajo por m\u00e1s de tres d\u00edas laborables consecutivos\u201d, justific\u00f3. La calidad de servidora p\u00fablica de Abad no est\u00e1 en duda, apunt\u00f3 la ministra.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, intent\u00f3 sustentar la sanci\u00f3n de los 150 d\u00edas impuestos a la vicepresidenta. Pero la magistrada le pregunt\u00f3 en qu\u00e9 art\u00edculo se estipula los 150 d\u00edas, en qu\u00e9 falt\u00f3 Abad, y por qu\u00e9 no se le impuso la sanci\u00f3n de 30 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>La ministra invoc\u00f3 el art\u00edculo 87 del Reglamento a la LOSEP, que establece una suspensi\u00f3n temporal sin goce de remuneraci\u00f3n que no exceda los 30 d\u00edas, para indicar que no cabe porque esto solo se aplica cuando se incurre en incumplimiento de deberes y obligaciones, pero que \u201cno se\u00f1ala la gravedad cuando se incurre en una determinaci\u00f3n conductual\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La jueza volvi\u00f3 a repreguntar en qu\u00e9 art\u00edculo est\u00e1 la sanci\u00f3n para la suspensi\u00f3n, no de destituci\u00f3n ni de inhabilidad. \u201cArt\u00edculo 43 de la Ley Org\u00e1nica del Servicio P\u00fablico\u201d, respondi\u00f3 N\u00fa\u00f1ez. La funcionaria insisti\u00f3 en que la sanci\u00f3n atiende a la aplicaci\u00f3n de una norma abierta y solicit\u00f3 que se declare la improcedencia de la acci\u00f3n de protecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La defensa de Abad reiter\u00f3 que se ha vulnerado la seguridad jur\u00eddica. La jueza cedi\u00f3 la palabra a la vicepresidenta.<\/p>\n\n\n\n<p>Intervenci\u00f3n de Ver\u00f3nica Abad<\/p>\n\n\n\n<p>Abad se present\u00f3 como vicepresidenta constitucional de Ecuador. \u201cHoy comparezco como v\u00edctima de un acto totalitario, ilegal e ileg\u00edtimo, que vulnera tanto mis derechos constitucionales como mis derechos pol\u00edticos y a un debido proceso. He llegado aqu\u00ed con la esperanza de que el poder judicial aplicar\u00e1 solo lo que est\u00e1 en la Constituci\u00f3n y la ley\u201d, solicit\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Vera dispuso que se d\u00e9 lectura a la cronolog\u00eda de suspensiones de la audiencia para aclarar que \u201cla jueza no dilata\u201d sino que hubo motivos para los diferimientos<\/p>\n\n\n\n<p>Pero esta vez, por su consideraci\u00f3n, porque hay 1.828 fojas del proceso, a fin de revisarlo exhaustivamente y formarse un criterio para emitir su sentencia, Vera dispuso que la audiencia se difiera para el lunes, 23 de diciembre, a las 11:11. Ese d\u00eda dar\u00e1 a conocer la sentencia. (lahora).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La audiencia de acci\u00f3n de protecci\u00f3n con medida cautelar, que impulsa la defensa de la vicepresidenta Ver\u00f3nica Abad para dejar<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":23261,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11,1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/23260"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=23260"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/23260\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":23262,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/23260\/revisions\/23262"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/23261"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=23260"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=23260"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=23260"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}