{"id":3320,"date":"2014-06-29T17:26:14","date_gmt":"2014-06-29T17:26:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=3320"},"modified":"2014-06-29T17:26:14","modified_gmt":"2014-06-29T17:26:14","slug":"la-autoridad-unica-del-agua-acumula-23-competencias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=3320","title":{"rendered":"La Autoridad \u00danica del Agua acumula 23 competencias."},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/AGUA.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-3321\" alt=\"-AGUA\" src=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/AGUA-300x157.jpg\" width=\"300\" height=\"157\" srcset=\"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/AGUA-300x157.jpg 300w, https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/AGUA.jpg 600w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>La Autoridad \u00danica, en lugar de la Plurinacional, como era el pedido, tiene 23 atribuciones. Se trata de una entidad cuyo titular ser\u00e1 nombrado por el Presidente de la Rep\u00fablica. Su \u00e1mbito de acci\u00f3n abarca desde dirigir el Sistema Nacional Estrat\u00e9gico del Agua, elaborar el Plan Nacional de Recursos H\u00eddricos hasta fijar tarifas (ver art\u00edculo 18).<\/p>\n<p>La ley tradujo el pedido reiterado en las consultas prelegislativas como un Consejo Intercultural y Plurinacional del Agua. Esta instancia forma parte del Sistema Estrat\u00e9gico del Agua y tiene ocho atribuciones (ver art\u00edculo 20). Ninguna de ellas habla de incidir directamente en la gesti\u00f3n. \u201cEl Consejo Plurinacional es un adorno para que le viva observando al dios del agua\u201d, dice la asamble\u00edsta de Pachak\u00fatik, Lourdes Tib\u00e1n. La otra instancia pol\u00e9mica de la ley est\u00e1 contemplada en el art\u00edculos 23. All\u00ed se orienta el trabajo de la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control (ARCA), instancia creada por el decreto ejecutivo 310, antes de que finalizara el debate de la ley. Tiene 14 atribuciones. (PRN)<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15.- Sistema nacional estrat\u00e9gico del agua. Cr\u00e9ase el sistema nacional estrat\u00e9gico del agua, que constituye el conjunto de procesos, entidades e instrumentos que permiten la interacci\u00f3n de los diferentes actores, sociales e institucionales para organizar la gesti\u00f3n integral e integrada de los recursos h\u00eddricos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Objetivos del sistema nacional estrat\u00e9gico del agua. 1. Articular a los actores que forman parte del sistema nacional estrat\u00e9gico del agua. 2. Generar mecanismos e instancias para coordinar la planificaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de los recursos h\u00eddricos con los actores sociales vinculados con el agua y los diferentes niveles del gobierno, para garantizar el buen vivir.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17.- La Autoridad \u00danica de! Agua es la entidad que dirige el sistema nacional estrat\u00e9gico del agua, es persona jur\u00eddica de derecho p\u00fablico. Su titular ser\u00e1 designado por la Presidenta o el Presidente de la Rep\u00fablica y tendr\u00e1 rango de ministra o ministro de Estado. Es responsable de la rector\u00eda, planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los recursos h\u00eddricos. Su gesti\u00f3n ser\u00e1 desconcertada en el territorio.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18.- Competencias y atribuciones de la Autoridad \u00danica del Agua: a) Dirigir el Sistema Nacional Estrat\u00e9gico del Agua; b) Ejercer la rector\u00eda y ejecutar las pol\u00edticas p\u00fablicas relativas a la gesti\u00f3n integral de los recursos h\u00eddricos;; c) Coordinar con la autoridad ambiental nacional y la autoridad sanitaria nacional la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas sobre calidad del agua y control de la contaminaci\u00f3n de las aguas; d) Elaborar el Plan Nacional de Recursos H\u00eddricos y los planes de gesti\u00f3n integral e integrada de recursos h\u00eddricos por cuenca hidrogr\u00e1fica; y, aprobar la planificaci\u00f3n h\u00eddrica nacional; e) Establecer y delimitar las zonas y \u00e1reas de protecci\u00f3n h\u00eddrica; f) Definir la delimitaci\u00f3n administrativa de las unidades hidrogr\u00e1ficas; g) Otorgar las autorizaciones para todos los usos, aprovechamientos del agua; h) Otorgar las autorizaciones para el cambio de uso o aprovechamiento del agua y las renovaciones de autorizaci\u00f3n cuando hubiere lugar; i) Otorgar personer\u00eda jur\u00eddica a las juntas administradoras de agua potable y a las Juntas de Riego y drenaje; j) Mantener y actualizar el registro p\u00fablico del agua; k) Declarar de inter\u00e9s p\u00fablico la informaci\u00f3n sobre la disponibilidad de aguas, superficiales, subterr\u00e1neas y atmosf\u00e9ricas; I) Establecer mecanismos de coordinaci\u00f3n y complementariedad con los Gobiernos Aut\u00f3nomos Descentralizados en lo referente a la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos de riego y drenaje, agua potable, alcantarillado, saneamiento, depuraci\u00f3n de aguas residuales y otros; m) Emitir informe t\u00e9cnico de viabilidad para la ejecuci\u00f3n de los proyectos de agua potable, saneamiento, riego y drenaje; n) Conocer y resolver sobre las apelaciones y otros recursos que se interpongan respecto de las resoluciones emitidas por la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control; o) Asegurar la protecci\u00f3n, conservaci\u00f3n, manejo integrado y aprovechamiento sustentable de las reservas de aguas superficiales y subterr\u00e1neas;<\/p>\n<p>p) Fijar mediante la aplicaci\u00f3n de criterios t\u00e9cnicos y actuariales las tarifas para el uso y aprovechamiento productivo del agua; q) Ejercer la jurisdicci\u00f3n coactiva en todos los casos de su competencia; r) Formular, gestionar y supervisar el plan anual de prioridades en infraestructura hidr\u00e1ulica, equipamiento, drenaje e inundaciones; y, administrar la infraestructura<\/p>\n<p>hidr\u00e1ulica de prop\u00f3sito m\u00faltiple;<\/p>\n<p>s) Implementar un registro para identificar y cuantificar tos caudales y las autorizaciones de uso o aprovechamiento productivo cuando se trata de caudales que fluyen por un mismo canal o sistema de riego;<\/p>\n<p>t) Concienciar a usuarios y consumidores sobre el uso responsable del agua para el consumo humano; u) Autorizar excepcional y motivadamente el trasvase de agua desde otras demarcaciones h\u00eddricas; v) Aprobar la delimitaci\u00f3n concreta de las cuencas hidrogr\u00e1ficas y su posible agrupaci\u00f3n a efectos de planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n as\u00ed como la atribuci\u00f3n de las aguas<\/p>\n<p>subterr\u00e1neas de la cuenca que corresponda; y, w) Dictar las medidas necesarias para el ejercicio de sus funciones y competencias.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Atribuciones del Consejo Intercultural y Plurinacional: 1. Control social sobre la garant\u00eda y el ejercicio del derecho humano al agua y su distribuci\u00f3n equitativa; 2. Participar en la formulaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control de las pol\u00edticas p\u00fablicas de los recursos h\u00eddricos; 3. Participar en la formulaci\u00f3n de las directrices y seguimiento del Plan Nacional de Recursos H\u00eddricos; 4. Generar debates p\u00fablicos. 5. Participar en el fomento sobre la difusi\u00f3n de los saberes ancestrales. 6. Rendir cuentas a la ciudadan\u00eda sobre su gesti\u00f3n; 7. Contribuir y propiciar la resoluci\u00f3n de controversias y conflictos que se susciten entre los usuarios del agua; 8. Las dem\u00e1s que determine la Ley.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Competencias de Arca: a) Dictar, establecer y controlar el cumplimiento de las normas t\u00e9cnicas sectoriales para regular el nivel t\u00e9cnico de la gesti\u00f3n del agua. b) Certificar la disponibilidad del agua. c) Recopilar, procesar, administrar y gestionar la informaci\u00f3n h\u00eddrica. d) Coordinar con la Autoridad Ambiental Nacional la regulaci\u00f3n y control la calidad y cantidad del agua en el dominio h\u00eddrico p\u00fablico. e) Coordinar con la Autoridad Ambiental Nacional las acciones de control correspondientes. f) Normar los destinos, usos y aprovechamientos del agua y controlar su aplicaci\u00f3n. g) Regular para estandarizar y optimizar sistemas relacionados a los servicios p\u00fablicos vinculados al agua. h) Regular y controlar la aplicaci\u00f3n de criterios t\u00e9cnicos y actuariales para la fijaci\u00f3n de las tarifas para los usos y aprovechamiento productivo del agua por parte de laAutoridad \u00danica del Agua y para la prestaci\u00f3n de los servicios vinculados al agua. i) Controlar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua. j) Controlar y sancionar el incumplimiento de las regulaciones nacionales. k) Tramitar, investigar y resolver quejas y controversias. I) Regular y controlar la gesti\u00f3n t\u00e9cnica de los servicios p\u00fablicos b\u00e1sicos vinculados con el agua. m) Imponer las multas y ejercer la jurisdicci\u00f3n coactiva para su recaudaci\u00f3n y las dem\u00e1s que correspondan. n) Dictar las normas necesarias para el ejercicio de sus competencias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Autoridad \u00danica, en lugar de la Plurinacional, como era el pedido, tiene 23 atribuciones. 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