{"id":5571,"date":"2014-10-27T12:24:28","date_gmt":"2014-10-27T12:24:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=5571"},"modified":"2014-10-27T12:24:28","modified_gmt":"2014-10-27T12:24:28","slug":"desde-hoy-rige-el-cobro-del-05-a-los-creditos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=5571","title":{"rendered":"Desde hoy rige el cobro del 0,5% a los cr\u00e9ditos"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/agenciabancos.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-5572\" src=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/agenciabancos-300x238.jpg\" alt=\"agenciabancos\" width=\"300\" height=\"238\" srcset=\"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/agenciabancos-300x238.jpg 300w, https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/agenciabancos.jpg 373w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Desde hoy rige la aplicaci\u00f3n de la contribuci\u00f3n del 0,5% en todo tipo de cr\u00e9ditos obtenidos en las entidades financieras privadas controladas por la Superintendencia de Bancos (SB), de acuerdo con lo que determina la resoluci\u00f3n No. 003-2014-F emitida por la Junta de Pol\u00edtica y Regulaci\u00f3n Monetaria y Financiera (JPRMF) del pasado 9 de octubre del presente a\u00f1o.<\/p>\n<p>El dinero que se recaude por este concepto se destinar\u00e1 a financiar la atenci\u00f3n integral del c\u00e1ncer que lleva adelante la Sociedad de Lucha contra el C\u00e1ncer (Solca), establecida en la disposici\u00f3n general d\u00e9cima cuarta del C\u00f3digo Monetario y Financiero vigente.<\/p>\n<p>La norma determina el pago de este porcentaje a las personas que reciban operaciones de cr\u00e9dito, incluyendo el diferido con tarjeta de cr\u00e9dito, financiamiento, compra de cartera, descuentos de letras de cambio y operaciones de reporto con las entidades del sector financiero privado exclusivamente.<\/p>\n<p>El 0,5% no se retendr\u00e1 cuando los cr\u00e9ditos se obtengan en cooperativas y otras entidades bajo el control de la Superintendencia de Econom\u00eda Popular y Solidaria (SEPS).<\/p>\n<p>La tarifa aplica en cr\u00e9ditos para compra de veh\u00edculos, adquisici\u00f3n de vivienda y compras diferidas con tarjeta de cr\u00e9dito, entre otros. En la resoluci\u00f3n se deja en claro que la contribuci\u00f3n no aplicar\u00e1 para consumos corrientes realizados con tarjetas de cr\u00e9dito.<br \/>\nLa JPRMF aprob\u00f3 el mecanismo sobre la base de la propuesta presentada por la Asociaci\u00f3n de Bancos Privados del Ecuador (ABPE), que consideraba que en la ley no estaba muy clara su aplicaci\u00f3n, es as\u00ed que el mecanismo de cobro depender\u00e1 del plazo de los cr\u00e9ditos.<\/p>\n<p>Para cr\u00e9ditos menores a un a\u00f1o, la tarifa ser\u00e1 calculada en forma anualizada tomando en cuenta el plazo de la operaci\u00f3n, es decir, que si el cr\u00e9dito es a un a\u00f1o plazo, pagar\u00e1 el 0,5%; si es a 6 meses, el 0,25%, etc., mientras que para cr\u00e9ditos mayores a un a\u00f1o, el c\u00e1lculo se har\u00e1 sobre el monto de la operaci\u00f3n y no anual, precis\u00f3 el representante de la Asociaci\u00f3n de Bancos, C\u00e9sar Robalino.<\/p>\n<p>Manifest\u00f3 que la contribuci\u00f3n no aplica para los cr\u00e9ditos vencidos y se instrumentar\u00e1 solamente sobre aquellos que sean renovados, refinanciados o reestructurados, \u201cque es lo l\u00f3gico, ya que ninguna norma puede ser retroactiva\u201d.<\/p>\n<p>Dijo que es muy dif\u00edcil establecer un monto de cu\u00e1nto generar\u00e1 la recaudaci\u00f3n de esta contribuci\u00f3n, ya que la Ley otorga la facultad al Presidente de la Rep\u00fablica para que reduzca el impuesto de 0,5% a una tasa inferior, sobre la base de un informe de la Junta.<\/p>\n<p>\u201cLa ley le da facultades al Presidente para que ese porcentaje baje radicalmente frente a un informe de la JPRMF. Con el informe bien sustentado, los miembros de la JPEMF van a la Presidencia, y el Jefe de Estado mediante decreto determina en qu\u00e9 casos se baja el impuesto de 0,5% a una tasa inferior\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n<p>Al respecto, la semana pasada, el ministro de Finanzas, Fausto Herrera, al ser consultado sobre un estimado del monto de recaudaci\u00f3n del impuesto dijo que \u201ca\u00fan no se tiene y que se est\u00e1 estudiando, pero a\u00fan no se puede precisar\u201d.<\/p>\n<p>C\u00e9sar Robalino coment\u00f3 que, si bien la Junta acogi\u00f3 la propuesta de la Asociaci\u00f3n de Bancos para la aplicaci\u00f3n de esta contribuci\u00f3n, este sector considera que la medida es \u201cdiscriminatoria\u201d, toda vez que solo se aplicar\u00e1 a los cr\u00e9ditos que entrega la banca privada, mas no a los que realicen las cooperativas de ahorro y cr\u00e9dito ni los bancos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Vigencia del impuesto<\/p>\n<p>El C\u00f3digo estableci\u00f3 que la tarifa se aplique en 30 d\u00edas a partir de que entre en vigencia el C\u00f3digo Monetario y Financiero (12 de septiembre de este a\u00f1o).<\/p>\n<p>La Junta en la resoluci\u00f3n del 9 de octubre aclar\u00f3 que no se trata de un plazo (30 d\u00edas improrrogables) sino que son d\u00edas \u201ch\u00e1biles, es decir que no se toma en cuenta fines de semana ni feriados, \u201cpor lo que el cobro arrancar\u00e1 a partir del lunes 27 de este mes\u201d, asever\u00f3 Robalino.<\/p>\n<p>Solca no se pronunci\u00f3<\/p>\n<p>Diario El TEL\u00c9GRAFO busc\u00f3 una opini\u00f3n de la autoridad de Solca para conocer su criterio y cu\u00e1nto espera recibir por la aplicaci\u00f3n de la norma, y hasta el cierre de la edici\u00f3n no se obtuvo respuesta. (Fuente el Tel\u00e9grafo)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde hoy rige la aplicaci\u00f3n de la contribuci\u00f3n del 0,5% en todo tipo de cr\u00e9ditos obtenidos en las entidades financieras<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5571"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=5571"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5571\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5573,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5571\/revisions\/5573"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5571"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5571"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=5571"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}