{"id":9058,"date":"2015-05-14T23:30:02","date_gmt":"2015-05-14T23:30:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=9058"},"modified":"2015-05-14T23:30:02","modified_gmt":"2015-05-14T23:30:02","slug":"diario-el-comercio-infringio-articulo-23-de-la-loc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/?p=9058","title":{"rendered":"Diario El Comercio infringi\u00f3 art\u00edculo 23 de la LOC"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2015\/05\/elcomercio.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-9059\" alt=\"elcomercio\" src=\"http:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2015\/05\/elcomercio-300x150.png\" width=\"300\" height=\"150\" srcset=\"https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2015\/05\/elcomercio-300x150.png 300w, https:\/\/www.ecuadoraldia.com.ec\/wp-content\/uploads\/2015\/05\/elcomercio.png 625w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Quito, 14 de mayo de 2015. La Superintendencia de la Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n (SUPERCOM), de conformidad con las atribuciones contempladas en el art\u00edculo 56 de la Ley Org\u00e1nica de Comunicaci\u00f3n (LOC), determin\u00f3 que Diario El Comercio inobserv\u00f3 el art\u00edculo 23, numeral 1 que dispone la rectificaci\u00f3n y disculpa p\u00fablica de la solicitud enviada por el Ministro de Electricidad y Energ\u00eda Renovable (Presidente del Directorio Coca Codo Sinclair EP), y numeral 2 que se\u00f1ala la transcripci\u00f3n de la rectificaci\u00f3n, en relaci\u00f3n con la nota period\u00edstica del 05 de abril de 2015, tanto en la portada como en la p\u00e1gina 2, secci\u00f3n Actualidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em id=\"__mceDel\">En consecuencia, se impuso la medida administrativa establecida en el numeral 1 de dicho art\u00edculo, que consiste en publicar la rectificaci\u00f3n dentro del plazo de 72 horas, \u201cen las mismas caracter\u00edsticas, dimensiones y en el mismo espacio en las que public\u00f3 la noticia del 05 de abril de 2015, esto es: portada: 27,1 cm de ancho por 13,4 cm de alto; y, p\u00e1gina 2, de la secci\u00f3n \u201cActualidad\u201d: 42,5 cm de alto por 23 cm de ancho\u201d. Para esto, el denunciante deber\u00e1 remitir al rotativo, de forma inmediata y con copia a esta Superintendencia, la carta o documento de rectificaci\u00f3n en relaci\u00f3n con la informaci\u00f3n exhibida por el medio con deficiencias en la verificaci\u00f3n, contrastaci\u00f3n y precisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Adicionalmente, en el mismo plazo, el Director o Directora del medio deber\u00e1 presentar por escrito una disculpa p\u00fablica al Ministro de Electricidad y Energ\u00eda Renovable y al Gerente General, subrogante de Coca-Codo Sinclair EP, la cual deber\u00e1 remitirse con copia al Consejo de Regulaci\u00f3n y Desarrollo de la Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n (Cordicom), a fin de que sea publicada en su p\u00e1gina web. De igual manera, esta deber\u00e1 difundirse en la primera interfaz de la p\u00e1gina web del medio de comunicaci\u00f3n por un plazo no menor a siete d\u00edas consecutivos.<\/p>\n<p>El inciso segundo del art\u00edculo 23 de la LOC se\u00f1ala que \u201clos medios de comunicaci\u00f3n tienen la obligaci\u00f3n jur\u00eddica de publicar dentro del plazo de 72 horas, contadas a partir de presentado el reclamo de la persona afectada, de forma gratuita, con las mismas caracter\u00edsticas, dimensiones y en el mismo espacio, secci\u00f3n u horario; las rectificaciones a las que haya lugar\u201d.<\/p>\n<p>Las 72 horas para el cumplimiento de las medidas administrativa impuestas se contabilizar\u00e1n a partir de recibida la carta o documento de rectificaci\u00f3n de la parte denunciante.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n es de obligatorio cumplimiento, tal como lo establecen los art\u00edculos 55 y 58 de la LOC.<\/p>\n<p>ANTECEDENTES<\/p>\n<p>-El 05 de abril de 2015 Diario El Comercio public\u00f3 en la portada una nota titulada \u201cUSD 606 millones de ajuste en el Coca-Codo\u201d, la misma que fue desarrollada en la p\u00e1gina 2, secci\u00f3n \u201cActualidad\u201d, con el titular: \u201cEl proyecto Coca-Codo tendr\u00e1 un ajuste de USD 606 millones\u201d.<\/p>\n<p>-El 09 de abril de 2015, el se\u00f1or Esteban Albornoz Vintimilla, en su calidad de Ministro de Electricidad y Energ\u00eda Renovable (Presidente del Directorio Coca Codo Sinclair EP), present\u00f3 una solicitud de rectificaci\u00f3n. Esta, seg\u00fan el accionante, no fue publicada por el medio impreso.<\/p>\n<p>-Tras notificar a las partes se convoc\u00f3 a la Audiencia de Sustanciaci\u00f3n, fijada para el 05 de mayo de 2015, tal como lo establece el art\u00edculo 14 del Reglamento para el Procesamiento de Infracciones Administrativas a la LOC.<\/p>\n<p>-En la fecha mencionada se constat\u00f3 la asistencia del doctor Jorge Eduardo Y\u00e9pez Lucero y el abogado Max Petronio Bustamante Bustamante, en representaci\u00f3n del Ministro de Electricidad y Energ\u00eda Renovable, se\u00f1or Esteban Albornoz Vintimilla; y, por otra, el doctor Henry Tobar Maruri, como representante del medio de comunicaci\u00f3n Diario El Comercio (Grupo El Comercio).<\/p>\n<p>-El doctor Tobar reconoci\u00f3 que el medio recibi\u00f3 un pedido de rectificaci\u00f3n por parte de las autoridades del Ministerio de Electricidad y de \u2018Coca Codo Sinclair\u2019 al d\u00eda siguiente de la publicaci\u00f3n referida y que este fue valorado Seg\u00fan afirm\u00f3, la carta no fue clara. \u201c(\u2026) Tenemos una experticia suficiente como para distinguir si es que un pedido est\u00e1 bien formulado (\u2026) o un pedido cabe o no cabe, no tenemos ning\u00fan problema como medio de comunicaci\u00f3n en sacar una rectificaci\u00f3n o una r\u00e9plica, siempre y cuando se cumplan los preceptos legales de la Ley Org\u00e1nica de Comunicaci\u00f3n\u201d, asegur\u00f3. Tambi\u00e9n dijo que el 05 de abril pasado se public\u00f3 otra nota con el titular \u201c606 millones de ajuste en el Coca Codo, el costo de la central hidroel\u00e9ctrica pas\u00f3 de USD 2.245 millones a USD 2.851 millones en menos de 4 a\u00f1os\u201d.<br \/>\nEnfatiz\u00f3 que el Ministro de Electricidad, Esteban Albornoz, indic\u00f3, el 12 de marzo de 2015, en su rendici\u00f3n de cuentas, que el proyecto tendr\u00eda un costo de USD 2.245 millones, cifra que consta en la p\u00e1gina web del Ministerio Coordinador de Sectores Estrat\u00e9gicos, entidad que rige al Ministerio de Electricidad. Por su parte, el periodista Alberto Araujo a\u00f1adi\u00f3 que el Presidente de la Rep\u00fablica, en el Enlace Ciudadano del 21 de marzo de 2015, inform\u00f3 que la inversi\u00f3n total del proyecto \u2018Coca Codo Sinclair\u2019 es de USD 2.851 millones, teniendo como fuente el Ministerio Coordinador de los Sectores Estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<p>-La parte accionante, en cambio, manifest\u00f3 que el peri\u00f3dico \u201cdebi\u00f3 publicar de manera obligatoria\u201d, la rectificaci\u00f3n solicitada \u201cpor ser un derecho constitucional\u201d y no calificar si es o no procedente. Ratific\u00f3 que la informaci\u00f3n difundida fue err\u00f3nea, pues el costo del proyecto no ha tenido ning\u00fan ajuste y que es de USD 2.245 millones desde hace cuatro a\u00f1os. \u201c(\u2026) Este precio no incluye, ni impuestos, ni desarrollo territorial\u201d, explic\u00f3. Tambi\u00e9n expres\u00f3 el Presidente de la Rep\u00fablica, en su Enlace Ciudadano, mencion\u00f3 que el \u201cel valor global del costo total del proyecto es de USD 2.851 millones, en este valor ya est\u00e1 incluido impuestos y desarrollo territorial\u201d. Existi\u00f3 una total descontextualizaci\u00f3n en el art\u00edculo de prensa\u201d, enfatiz\u00f3.<\/p>\n<p>Luego del an\u00e1lisis de los elementos jur\u00eddicos se constat\u00f3 que \u201cexisti\u00f3 deficiencias en la verificaci\u00f3n, contrastaci\u00f3n y precisi\u00f3n de la informaci\u00f3n de relevancia p\u00fablica\u201d, debido a que el rotativo, en su nota period\u00edstica, inform\u00f3 a sus lectores que el proyecto \u201cCoca-Codo Sinclair\u201d tuvo un supuesto incremento de USD 606 millones al costo del proyecto en dos semanas. Esto era de USD 2.245 millones a USD 2.851 millones. Sin embargo, en el primer monto antes se\u00f1alado no se consider\u00f3 el rubro del IVA y otros impuestos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, seg\u00fan el oficio No. SENPLADES-SZ2CN-2014-0290-OF, del 21 de agosto de 2014, el Subsecretario Zonal 2 Centro Norte Tena de la Secretar\u00eda Nacional de Planificaci\u00f3n y Desarrollo inform\u00f3 al Ministro de Electricidad y Energ\u00eda Renovable que el monto total de inversi\u00f3n es de USD 2.850.966.262,06. Es decir, dicho oficio se suscribi\u00f3 \u201ccon anterioridad al Informe de Rendici\u00f3n de Cuentas del Ministerio de Electricidad y Energ\u00edas Renovables, llevado a cabo el 12 de marzo de 2015, el mismo que sirvi\u00f3 de base para que el medio de comunicaci\u00f3n social denunciado afirme que, en el transcurso de nueve d\u00edas se origin\u00f3 el referido incremento al proyecto \u2018Coca-Codo Sinclair\u2019\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, se verific\u00f3 que el Ministro de Electricidad y el Gerente General Subrogante de Coca Coda Sinclair presentaron la solicitud de rectificaci\u00f3n al medio de comunicaci\u00f3n social el 09 de abril de 2015 y que el Presidente Ejecutivo del medio, con carta del 10 de abril, respondi\u00f3 que la misiva \u201ccontiene ep\u00edtetos y conclusiones que no aportan a su petici\u00f3n de Rectificaci\u00f3n, por lo cual queda sin sustento (\u2026) No se indica de ninguna manera donde (sic) est\u00e1 la falla period\u00edstica de la nota. En ning\u00fan momento la nota contiene [mala fe, falsedad, af\u00e1n de causar da\u00f1o, empa\u00f1ar con informaci\u00f3n distorsionada, evidente distorsi\u00f3n de los hechos y las cifras, falta de minuciosidad del periodista, etc.]\u201d.<\/p>\n<p>Esta Superintendencia recuerda que \u201cel medio de comunicaci\u00f3n social denunciado ten\u00eda la obligaci\u00f3n jur\u00eddica de viabilizar el derecho de rectificaci\u00f3n que le asist\u00eda a los solicitantes (Ministro de Electricidad y Energ\u00eda Renovable, y el Gerente General, subrogante de Coca-Codo Sinclair EP), esto es el publicar dentro del plazo de 72 horas, contadas a partir de que el accionante presente el documento de rectificaci\u00f3n con las mismas caracter\u00edsticas, dimensiones y en el mismo espacio, secci\u00f3n u horario, conforme lo establece el inciso segundo del art\u00edculo 23 de la LOC.(Supercom)<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quito, 14 de mayo de 2015. 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