Ecuavisa deberá disculparse públicamente por comentarios discriminatorio

Alfredo-PinoLa Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) determinó la responsabilidad del canal de televisión Ecuavisa y de su presentador en el noticiero Contacto Directo, Alfredo Pinoargote, quien se expresó con comentarios discriminatorios, emitidos el pasado 7 de enero.

El entrevistador específicamente dijo aquella mañana: «La libertad de expresión tiene su máxima expresión, valga la redundancia… pero hay un ambiente o un sistema de restricción a esa libertad, por ejemplo ya no se le puede decir a los gays maricas, a los afros no se les puede decir negros, a los ladrones no se les puede decir ladrones…».

La asambleísta nacional Alexandra Ocles, presidenta del Grupo Parlamentario por los Derechos de los Pueblos y Nacionalidades, interpuso la denuncia ante la Supercom por las declaraciones realizadas por Pinoargote argumentando que “denigró al pueblo afroecuatoriano y a las personas con diversa orientación sexual”.

En tal virtud, la Supercom impone una medida administrativa que consiste en que dentro del término de 72 horas, contadas a partir de la notificación de la resolución, el director del medio de comunicación deberá difundir, en el mismo espacio, una disculpa pública al pueblo afroecuatoriano y a la colectividad de diversa orientación sexual, por los comentarios discriminatorios por razones de etnia y orientación sexual.

La disculpa también deberá ser publicada en la primera interfaz del portal web del medio de comunicación por un plazo no menor a siete días consecutivos y también deberá remitirse una copia a la Supercom para su publicación en la página web institucional.

La Supercom, en concordancia con el artículo 56 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) que establece sus atribuciones, determinó la responsabilidad de Ecuavisa y de Pinoargote, por haber incurrido en la prohibición establecida en el artículo 62 de este mismo cuerpo legal.

El artículo señala que «está prohibida la difusión a través de todo medio de comunicación social de contenidos discriminatorios que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales”.(Andes)

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