Ecuador ha tenido tres constituciones desde 1976

Desde el retorno a la democracia, el 28 de septiembre de 1978, Ecuador ha tenido tres marcos jurídicos constitucionales.

Ella recordó, precisamente, el periodo de transición hacia la democracia, que inició en enero de 1976, con la conformación de la junta militar que organizó el proceso para dejar atrás la dictadura y devolver el poder político a los civiles.

Esa junta militar creó tres comisiones jurídicas:

La primera, conformada por 11 miembros, redactó un nuevo texto constitucional.

La segunda, con 11 integrantes, planteó reformas para la Constitución todavía vigente de 1945.

Y la tercera, con otros 11 miembros, creó la nueva ley electoral y sistema de partidos que servirían para la elección del gobierno democrático.

Dos años después, en enero de 1978, se llevó a cabo una consulta popular en la que ganó la primera opción. Esa nueva constitución entró en rigor en agosto, cuando Jaime Roldós asumió el poder y estuvo vigente durante casi 20 años.

Ya en 1997, después de la crisis política e institucional durante el gobierno y destitución de Abdalá Bucaram, el entonces presidente interino Fabián Alarcón convocó a una consulta popular, para ratificarse en el cargo e iniciar una «asamblea nacional» que reforme la Constitución.

Una asamblea constituyente es el camino para el Gobierno si la reforma implica restringir derechos o garantías

La Constitución de Riobamba estuvo vigente durante una década, desde la posesión del presidente Jamil Mahuad en agosto 1998 hasta el 20 de octubre de 2008.

La necesidad de una nueva carta magna llegó también después de una crisis política, que terminó con la caída del presidente Lucio Gutiérrez en 2005. El siguiente proceso electoral dio inicio al gobierno de la ‘revolución ciudadana’, liderado por Rafael Correa. 

Después de llegar al poder en enero de 2007, el entonces Mandatario convocó a las urnas para dar paso a la asamblea constituyente que elaboró una nueva constitución que entró en vigencia en octubre del 2008, luego de que el pueblo la ratificará en una consulta popular.

Desde entonces, los cambios y parches al texto creado por el correísmo no han parado, además de las 24 reformas parciales y enmiendas ya vigentes, están en camino cinco propuestas planteadas por Daniel Noboa sobre: bases militares extranjeras, privados de libertad, financiamiento de la política (partidos y propaganda) y prisión preventiva. 

Asamblea constituyente: una alternativa costosa y demorada para cambiar el ordenamiento jurídico en Ecuador.

Las elecciones presidenciales de 2025 pusieron en el centro del debate la posibilidad de redactar una cuarta Constitución.

El Primer Mandatario Daniel Noboa deberá decidir si apuesta por una nueva asamblea constituyente o, como ha dicho su Ministro de Gobierno, por una comisión con delegados estatales y de la sociedad civil, o quedarse con el camino ya iniciado con sus propuestas de reformas parciales.

Por otra parte, un proceso de sustitución constitucional, en el evento que esto se termine por concretar, deberá observar necesariamente los límites que podría enfrentar. Esto último porque en el marco de una democracia constitucional no podríamos admitir pasivamente que la asamblea constituyente pueda hacerlo todo, asumir competencias de otros órganos y actuar sin límite alguno, aún cuando se apele, como ha sido costumbre en la historia constitucional ecuatoriana, a la justificación de «por esta última vez».

Ahora bien, esto no obsta a que la asamblea constituyente tenga el poder suficiente para proponer al pueblo un proyecto de nueva Constitución. Por ejemplo, de conformidad con los artículos 441, 442 y 444 de la Constitución, uno de los temas que sólo podría ser tramitado a través de una asamblea constituyente y no de enmiendas o reformas parciales, es el procedimiento de reforma de la Constitución (las llaves para apertura los candados de modificación constitucional en el futuro), un tema sustancial a analizar, ya sea para clarificarlo o para modificar la modelo tripartita actual.