El invierno golpea al campo ecuatoriano mientras el Estado incumple la ley
La falta de aplicación del aseguramiento agroalimentario previsto en la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria deja sin protección a miles de agricultores y ganaderos afectados por las inundaciones.
El invierno de 2026 golpea con fuerza a la provincia de Los Ríos y a amplias zonas agrícolas del litoral ecuatoriano. En ciudades como Babahoyo, las inundaciones han cubierto barrios completos y extensas áreas rurales, afectando a miles de familias.
La ciudad se ubica en la cuenca del Río Babahoyo, un sistema fluvial que recoge aguas de múltiples ríos y esteros. Cuando las lluvias se intensifican, el desbordamiento de estos afluentes provoca inundaciones que se expanden sobre las planicies agrícolas y zonas pobladas.
Las consecuencias son profundas. Viviendas anegadas, comunidades aisladas y pérdidas materiales afectan la estabilidad de miles de hogares. Pero el impacto más grave ocurre en el campo.
Los Ríos es una de las principales provincias agrícolas del Ecuador. En sus planicies productivas se cultivan arroz, maíz, cacao, plátano y otros alimentos que sostienen la economía campesina y abastecen el mercado nacional. Cuando las inundaciones permanecen durante semanas, los cultivos se pierden y el capital productivo de miles de agricultores desaparece.
La magnitud real de la afectación agrícola solo podrá determinarse una vez que bajen las aguas. Por ello es indispensable que el Estado realice un inventario técnico integral de daños, que permita identificar con precisión las áreas productivas afectadas, diferenciar pérdidas totales de daños parciales y estimar el impacto económico sobre agricultores y ganaderos.
Sin embargo, frente a esta emergencia existe un hecho que no puede ignorarse: el país cuenta con una ley destinada a proteger la producción agropecuaria frente a estos riesgos y no se encuentra aplicada.
En octubre de 2025 se reformó la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria, incorporando el sistema de aseguramiento agroalimentario y ganadero.
El artículo 19 establece que el Estado debe promover seguros destinados a proteger la producción y los créditos agropecuarios frente a desastres naturales, fenómenos climáticos adversos, plagas y riesgos del mercado.
De igual forma, el artículo 19.1 crea el programa de aseguramiento ganadero para proteger la actividad pecuaria frente a riesgos sanitarios, climáticos y ambientales que afecten la producción.
No obstante, han transcurrido más de cinco meses desde la publicación de la reforma en el Registro Oficial y el sistema de aseguramiento agroalimentario no se encuentra operativo.
Es cierto que actualmente existe un seguro agrícola vinculado a créditos otorgados por BanEcuador, el cual cubre la inversión productiva cuando el agricultor accede a financiamiento. Sin embargo, este mecanismo no constituye un sistema universal de aseguramiento para todos los productores, ya que solo aplica para quienes mantienen créditos con esa entidad.
Por lo tanto, miles de pequeños agricultores que producen con recursos propios o financiamiento informal quedan fuera de cualquier mecanismo de protección.
Desde el punto de vista jurídico, esta situación constituye una omisión estatal en la aplicación de una ley orgánica, dejando desprotegido al sector agropecuario frente a un riesgo que la propia ley reconoce como asegurable.
Esta omisión también compromete obligaciones establecidas en la Constitución de la República del Ecuador, cuyo artículo 281 reconoce la soberanía alimentaria como un objetivo estratégico del Estado y establece la obligación de proteger la producción agropecuaria.
Si el sistema de aseguramiento previsto por la ley no fue implementado a tiempo, corresponde que el Estado asuma directamente la responsabilidad de reparar las pérdidas provocadas por el invierno.
Esto implica indemnizar a agricultores por la pérdida de cultivos, compensar a los ganaderos por los daños productivos y apoyar la recuperación de las economías rurales.
Cuando el campo se inunda y una ley destinada a protegerlo no se aplica, la responsabilidad pública es clara: el Estado no puede abandonar a quienes sostienen la producción de alimentos del país. CAPR)
