Waoranis quedan a la orden de la justicia ordinaria
La Corte Constitucional (CC) no respondió a la consulta que le hizo la Fiscalía para saber si es aplicable el tipo penal que sanciona el delito de genocidio para los 17 procesados miembros de la etnia waorani, que están acusados de la muerte de al menos 30 taromenanes (pueblos no contactados). Esto tras la matanza de marzo de 2013.
Esto quiere decir, en la práctica, que el proceso que se sustancia en el Juzgado Segundo de Garantías Penales de Orellana debe continuar y, por tanto, deberá fijarse día y hora para la audiencia preparatoria de juicio.
El constitucionalista Rafael Oyarte sostiene que el plazo de 45 días que tenía la Corte Constitucional no era una “camisa de fuerza”, pero, tratándose de los jueces constitucionales del país, ellos deberían ser los primeros en cumplir con esos plazos.
Opinó también que en los últimos años, los jueces constitucionales se han tomado tiempos excesivos para ciertos trámites y esto puede afectar los intereses de personas o instituciones que acuden a este organismo en busca de una consulta.
Agregó que, conforme la Ley de Garantías Jurisdiccionales, si la Corte no se ha pronunciado en el plazo de 45 días, el proceso debe seguir su trámite y, si lo hiciere luego de dicho plazo, la resolución no tendrá efecto retroactivo. Sin embargo, los consulantes podrán plantear la acción extraordinaria de protección ante la misma CC.
Este proceso penal se inició en noviembre de 2013, al que se deben sumar dos vinculaciones, una el 24 de febrero de 2014 y la otra el 25 de marzo del mismo año. Esto quiere decir que ya ha concluido el plazo de la instrucción fiscal.
En el auto dictado por el juez segundo de Garantías Penales de Orellana, Álvaro Guerrero, de 22 de julio de 2014, se dispone que la presente causa continúe sustanciándose en su trámite normal.
En este caso específico, la Fiscalía consultaba si es aplicable la pena prevista en el artículo 404,4 del Código Penal, que estaría en contraposición a lo que establecen los principios constitucionales de justicia indígena y lo que disponen los artículos 8, 9 y 10 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Sin embargo, la dirigencia waorani sigue a la expectativa del pronunciamiento de la Corte. Moi Enomenga, presidente de la Nacionalidad Waorani del Ecuador (NAWE), se mantiene en esa posición, a pesar de que Guerrero reabrió el proceso.
Esta semana solicitaron una audiencia con el titular de la Corte para conocer si ya existe una resolución. Esperan ser recibidos entre hoy y mañana.
La dirigencia de la NAWE no está de acuerdo con la resolución del juez porque consideran que no se podía reiniciar el proceso sin la resolución de la Corte. Por esto, consideran que “el juez tiene algún interés de imponer los años (de prisión)”. Enomenga insistió en que no lo van a permitir. (LC/AGO)
° “Acudir a la Corte Constitucional es hacer apología del pendejismo”, dijo el exvocal del desaparecido Tribunal de Garantías Constitucionales y también exmagistrado de la extinta Corte Suprema de Justicia Mauro Terán.
Este abogado ahora en libre ejercicio sostiene que la entidad es muy ágil y disciplinada en los plazos cuando se trata de consultas o temas del oficialismo, pero en otros, como el de los indígenas, ni siquiera se ha pronunciado y ahora el proceso penal deberá continuar su trámite con la ley ordinaria, lo que podría afectar los derechos de estos pueblos, acota.