Defensa de La Hora apela a imparcialidad de Supercom, a pesar de ser juez y parte

lahoQuito,28n.La defensa de Diario La Hora desvirtuó las acusaciones dentro de un proceso de oficio que inició la Superintendencia de Comunicación (Supercom), por el titular ‘Se inculpan para salir libres’, y pidió al organismo de control “rechazar y archivar” la denuncia por carecer de” veracidad” y “objetividad”, ser “sesgada” y “subjetiva”.

El título de la nota publicada el 4 de octubre se refiere al caso de los estudiantes del colegio Mejía que fueron detenidos durante las protestas sindicales de septiembre pasado.

“Negamos todos los fundamentos de hecho y de derecho del informe interno, negamos la existencia de la infracción…y apelo a su imparcialidad -señor director- a pesar que es un cuerpo colegiado; a pesar que es juez y parte, pero esperemos que la idea de ser juez y parte, al menos en este caso se separe y se decida en base a los hechos y las pruebas”, dijo Gerardo Aguirre, abogado del medio de comunicación, al presentar sus argumentos de defensa ante el director jurídico de la Supercom, Mauricio Cáceres.

Aguirre añadió que la nota no se inscribe en el género de reportaje, crónica, editorial o un artículo que conllevan la interpretación, la crítica y el análisis. “Estamos frente a una noticia que transmite un relato y narración pura y fría de un hecho de interés de la colectividad”.

Durante la audiencia -y tras este análisis- Aguirre aseguró que “por elemental lógica” de redacción y de lectura, existe “armonía y contundencia” entre la noticia y el título, y por tanto, se cumplió el principio de contrastación en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Comunicación (Loc), inciso tercero.

Este apartado de la Loc dice “la contrastación implica recoger y publicar, de forma equilibrada, las versiones de las personas involucradas en los hechos narrados, salvo que cualquiera de ellas se haya negado a proporcionar su versión, de lo cual se dejará constancia expresa en la nota periodística”.

La defensa del medio impreso también criticó que en el informe técnico interno (de la Supercom), solo se haya realizado un análisis inicial de la nota “pero se olvidan de leer todo su contenido”, y argumentó que la máxima es un país democrático es la libertad de expresión.

Alejando Salguero, abobado de la Supercom, defendió la validez del proceso administrativo y del reporte interno, y planteó que dentro del Estado constitucional de derecho, la Loc determina que la información es un bien público que se presta a través de los medios.

En su intervención, Salguero invocó el artículo 10 de la Loc sobre las normas deontológicas, numeral 3 literal a que señala “Respetar los presupuestos constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de la información de relevancia pública o interés general”. Y, numeral 4 literal e. que indica “cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias”.

La Supercom tiene tres días de plazo para resolver y dos adicionales para notificar a las Partes el resultado de la sentencia. (La hora)

 

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