Menos impuestos para los empresarios
Por: Diego Campos Almeida
Los sectores productivos apoyan esta iniciativa del régimen, mientras que los sectores sociales y sindicales la rechazan.
Las nuevas sociedades que se constituyan a partir de la aprobación del proyecto de Ley Creando Oportunidades, que al momento se analiza en la Asamblea Nacional, por iniciativa del Ejecutivo, así como también las sociedades nuevas que se constituyeren por sociedades existentes, con el objeto de realizar inversiones nuevas, podrán gozar de incentivos tributarios hasta por 15 años.
Varios de estos incentivos, contiene el cuerpo legal para el caso de las sociedades que realicen
actividades nuevas y productivas, entre las que se destacan las siguientes: exoneración del impuesto a la renta hasta por 15 años; exoneración y/o reducción del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para las nuevas inversiones que suscriban contratos de inversión y para el pago de dividendos cuyo origen sea la reinversión de utilidades; exoneración y/o reducción del impuesto a los activos en el exterior para las nuevas inversiones que suscriban contratos de inversión y para el pago de dividendos cuyo origen sea la reinversión de utilidades.
Sin embargo, aclara que los beneficios tributarios se aplicarán sobre toda inversión nueva y productiva siempre y cuando las empresas justifiquen los criterios de transparencia y sustancia económica. “Los beneficios tributarios acumulados durante el periodo de la inversión, no excederán en ningún caso el monto de la inversión”, señala el documento.
Para los sectores empresariales e industriales del país estas medidas son necesarias para poder encaminar recursos a la inversión y así poder generar mayores ganancias, pero también más empleo, que es uno de los objetivos del régimen, aunque en este caso varios de los derechos laborales alcanzados con anterioridad serían eliminados o reducidos con la aprobación de la Ley de Creación de Oportunidades, de corte neoliberal, pues el empleador podrá decidir, entre otras cosas, si reduce la jornada laboral del empleado y, por lo tanto su remuneración. También dejaría de pagar el costo total por horas extras, así como el aporte patronal a la jubilación.
